Información acerca del Programa de Derechos Civiles
Cualquiera persona que cumpla con los requisitos para recibir beneficios o servicios del Departamento del Tesoro o de sus beneficiarios tiene derecho a esos beneficios o servicios sin estar sometida a la discriminación prohibida. La Oficina de Derechos Civiles y de la Diversidad hace cumplir diversos estatutos y reglamentos federales que prohíben la discriminación en los programas o actividades que reciban ayuda económica del Departamento del Tesoro y que sean administrados por él. Si una persona piensa que ha sido víctima de discriminación y (o) de represalias debido a su afiliación a un grupo protegido, entonces podrá presentar una denuncia ante la Oficina de Derechos Civiles y de la Diversidad.
¿Qué hará el Departamento del Tesoro para garantizar que no haya discriminación?
El Departamento del Tesoro llevará a cabo investigaciones de las denuncias de derechos civiles presentadas en contra de los beneficiarios de ayudas económicas en cualquiera de sus programas y realizará evaluaciones sobre el cumplimiento de las normas antes y después de las adjudicaciones. Si se establece que hubo discriminación, el Departamento del Tesoro puede aplazar la decisión sobre una solicitud de ayuda económica federal, expedirá una carta de advertencia o, en última instancia, denegará la provisión de recursos financieros. Independientemente de las posibles medidas que puedan ser adoptadas por el Departamento del Tesoro, los tribunales han conceptuado que el Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964 estipula un derecho privado de demanda.
¿En qué consiste la discriminación?
En general, la discriminación tiene que ver con una diferencia en el trato o con el impacto de una política con respecto a una clasificación protegida de individuos.
La ayuda económica federal y los derechos civiles
Lo estipula la ley y la política del Departamento del Tesoro que los programas o actividades que reciban ayuda económica del Departamento no deberán discriminar por motivos de raza, color, origen nacional, sexo, discapacidad ni edad.
Los estatutos federales que prohíben la discriminación abarcan una amplia gama de actividades discriminatorias, incluidas la denegación de servicios; diferencias en la calidad, cantidad o forma de servicio; diferentes criterios para poder participar; programas que no sean accesibles para las personas incapacitadas; y las prácticas discriminatorias de empleo, si el propósito principal del programa es proporcionar empleo o si la práctica de empleo causa discriminación con respecto a los beneficiarios potenciales o reales.
¿En qué consiste la ayuda económica federal?
La definición de ayuda económica federal incluye más que el dinero. Incluye la prestación de servicios valiosos, destacamento del personal federal, donación de propiedad federal e intereses en la propiedad, venta, arrendamiento y usufructo de propiedad federal a poco o ningún costo y cualquier otro acuerdo, disposición u otro tipo de contrato federal que tenga como uno de sus objetivos la prestación de asistencia.
Obligación de prestar servicios a beneficiarios con pocos conocimientos de inglés
Como protección contra la discriminación por origen nacional, el Título VI de la Ley de Derechos Civiles exige que los beneficiarios de ayuda económica federal presten servicios de idiomas a aquellos beneficiarios que tengan pocos conocimientos de inglés para permitir que estos grupos participen de manera significativa en el programa o actividad. El Decreto Ejecutivo 13.166 exige que los organismos federales mejoren el acceso a sus programas por parte de personas con pocos conocimientos de inglés.
Programas realizados por el gobierno federal
El Gobierno Federal está supeditado a los principios de no discriminación en sus programas y actividades realizadas a nivel federal, de conformidad con las Secciones 504 y 508 de la Ley de Rehabilitación, así como con los Decretos Ejecutivos siguientes:
- La Sección 504 de la Ley de Rehabilitación de 1973 prohíbe la discriminación con base en la discapacidad.
- El Decreto Ejecutivo 13.160 prohíbe la discriminación con base en la raza, el sexo, el color, el origen nacional, la discapacidad, la religión, la edad, la orientación sexual y el estado civil de un padre o de una madre en los programas de educación y capacitación realizados por el Departamento del Tesoro.
- El Decreto Ejecutivo 13.166 [estipula que se debe] “mejorar el acceso a los servicios que tengan las personas con pocos conocimientos de inglés”.
Sus derechos civiles están protegidos
Si usted piensa que ha sido discriminado(a) por un beneficiario de ayuda económica del Departamento del Tesoro debido a su raza, color, origen nacional, edad, sexo o discapacidad, puede presentar una denuncia ante la Oficina de Derechos Civiles y de la Diversidad. La Oficina de Derechos Civiles y de la Diversidad también examinará las denuncias de discriminación por motivos de discapacidad en los programas y actividades del Departamento del Tesoro. Están prohibidas las medidas de represalia contra personas debido a sus actividades previas de derechos civiles.
La Oficina de Derechos Civiles y de la Diversidad sólo está facultada para investigar las actividades que se hayan realizado hasta un máximo de 180 días antes de la radicación de su denuncia, a menos que se solicite y se conceda una renuncia de esta radicación.
Presentación de una denuncia de discriminación
¿Cómo presento una denuncia de discriminación ante el Departamento del Tesoro?
Para presentar una denuncia de discriminación de un programa, escriba una carta de denuncia a: Associate CHCO, Office of Civil Rights and Diversity, 1500 Pennsylvania Avenue, N.W., Washington, DC 20220.
El Departamento del Tesoro se compromete a la aplicación de la Iniciativa de Transparencia Gubernamental. Esta iniciativa es un gran paso hacia la creación de una cultura de transparencia, participación y colaboración en las operaciones gubernamentales, inaugurando nuevas líneas de comunicación y cooperación entre el gobierno y la población de los Estados Unidos. Agradecemos sus comentarios acerca de este sitio en la Internet. Por favor envíe sus comentarios a: OCRD.comments@treasury.gov.